Privatización sindical

Manifestación sindicalLas noticias sobre la  “contabilidad creativa” del sindicato UGT en Andalucía revelan cada vez más indicios de fraude en las subvenciones públicas destinadas a cursos de formación de trabajadores. No es ya una falta puntual de justificación de gasto o un cambio en el destino de algún dinero público, sino que todo apunta a un fraude sistemático utilizado como un modo habitual de financiar el sindicato. Desde facturas falsas de alquiler de aulas para cursos no realizados a facturas infladas en la compra de artículos o financiación de convites bajo la cobertura de “negociación sindical”, siempre a cuenta de la Junta de Andalucía.

A esta sangría de dinero público habría que sumar las subvenciones directas que UGT recibe legalmente –como los otros sindicatos– en función de los resultados de las elecciones sindicales y de sus actividades como interlocutor social en las negociaciones laborales.

La desenvoltura fraudulenta con que el sindicato andaluz se ha financiado con dinero público destinado a formación  no le ha impedido ser siempre una voz crítica contra la “privatización” que suponen las subvenciones a los centros privados concertados. En esto sí que ha ido de la mano de la Junta de Andalucía, en su empeño por asfixiar a la enseñanza no estatal. Cabría esperar que los defensores de lo público fueran tan cuidadosos y exigentes a la hora de financiar la formación impartida por los sindicatos como cuando se trata de la enseñanza privada. Pero da la impresión de que UGT Andalucía daba por supuesto que su sintonía ideológica con la Junta de Andalucía garantizaba que nadie iba a mirar con lupa las facturas que presentaba.

Imaginemos cuál habría sido la reacción de la Junta de Andalucía si se descubriera que los colegios concertados se inventaban alumnos para  cobrar subvenciones por aulas vacías; si se disfrazaran comidas y regalos del equipo docente como reuniones del comité escolar; si se inflaran las facturas de material escolar para nutrir así un “bote” institucional. En realidad, todo esto resultaría imposible, pues sería puesto de manifiesto inmediatamente por la actividad inspectora de las autoridades educativas. Pero la actividad sindical  parece liberada de engorrosos controles.

Algunos sindicalistas pretender también estar exonerados de respetar el Código Penal. Los sindicatos UGT y CC.OO. se alarman de que 260 afiliados están sometidos a procedimientos judiciales y administrativos en toda España, acusados de acciones ilegales cometidas en conflictos laborales. El escenario habitual es del típico “piquete informativo” de un huelga que recurre a las amenazas, imposiciones y actitudes violentas para impedir que otros trabajen. En algunos casos en que los miembros del piquete han sido identificados han acabado ante los tribunales, acusados de amenazas, lesiones, pintadas, destrozos y atentado a la autoridad.

Los sindicatos denuncian que es una estrategia represiva, para impedir el ejercicio del derecho de huelga. Les sorprende que se les aplique el art. 315 del Código Penal, que en su apartado 1 prevé penas de hasta tres años de cárcel a quienes a quienes impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga, pero que en el apartado 3 prevé también hasta tres años de prisión “a los que, actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga”.  Para Fernández Toxo, secretario general de CC.OO., estas actuaciones de los fiscales “buscan cambiar el derecho de huelga de facto”. En cambio, se supone que imponer a otros trabajadores la huelga de facto, debe estar amparado por la ley.

Para no recurrir al Código Penal, que es la ultima ratio en la protección de la sociedad, lo mejor sería aprobar una ley de huelga, como está mandado en la Constitución. Pero  ningún gobierno se ha atrevido a hacerlo para no irritar a los sindicatos, que en este punto quieren vivir al margen de cualquier regulación. Pero por eludir las limitaciones de una ley específica, ahora se encuentran con el rigor del Código Penal. Puede ser también un curso de formación jurídica, para aprender que la ley obliga también a los sindicalistas.

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