De una mordaza a otra

El gobierno del PP la llamó ley de Seguridad Ciudadana. La oposición de izquierdas la tildó de “ley mordaza”. Según el gobierno, se trataba de reforzar la autoridad de los agentes de policía, que a menudo tienen que sufrir insultos y desacatos vejatorios por parte de manifestantes agresivos. Para la oposición, la ley trata de impedir las movilizaciones sociales y de silenciar opiniones incómodas para el gobierno, lo cual socava la libertad de expresión reconocida en la Constitución. La irritación de la oposición ante la “ley mordaza” explica que, una vez que el gobierno del PP ya no tiene mayoría absoluta, una de las primeras iniciativas aprobadas haya sido iniciar el trámite parlamentario para su reforma.

Estos días se ha publicado un balance de las sanciones impuestas al amparo de esta ley desde su aprobación en 2015. Las autoridades han impuesto 22.627 multas por faltas de respeto a los agentes y 16.405 por desobedecerles, sanciones que suman un importe total de 13,5 millones de euros.

El balance ha dado ocasión para publicar reportajes donde algunos de los sancionados cuentan su caso para negar que insultaran o faltaran al respeto a la policía. Ellos, dicen, se limitaron a ejercer su libertad de expresión. Con estos testimonios, los enemigos de la ley sacan pecho y esperan que pronto la ley de Seguridad Ciudadana sea un mal recuerdo.

Cabría esperar que Unidos Podemos, que tanto se ha desgañitado contra la “ley mordaza”, se distinguiera por favorecer la mayor libertad de expresión. Es verdad que sus ataques a los periodistas críticos de sus ideas revelaba ya un afán de silenciar al discrepante. Pero ahora ha dado un paso más al apadrinar una proposición de ley que contempla multas administrativas de hasta 45.000 euros, no por acciones delictivas sino por opiniones, y pretende imponer la retirada de determinados contenidos en Internet, por decisión administrativa y sin intervención judicial.

Esta nueva mordaza se contiene en una proposición de ley (PL) contra la discriminación por orientación sexual (en realidad, el título es de cuatro líneas para no dejar fuera a nadie del mundo LGTBI). Al igual que otras leyes de este estilo ya aprobadas en algunas Comunidades Autónomas, se pretende intervenir en todos los ámbitos, desde el educativo al laboral, desde la cultura a las Fuerzas Armadas, para garantizar la igualdad y la no discriminación de los colectivos interesados.

Al igual que ocurre con la ley de Seguridad Ciudadana, lo primero que habría que plantearse es si esta nueva ley es necesaria. Los adversarios de la primera dicen que nunca ha estado justificada, porque no existía un problema social de inseguridad. También es objetivo que en España estamos ya bien provistos de leyes sobre la igualdad y contra la discriminación, desde el Código Penal a la ley para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. Da la impresión de que lo que vale para proteger a cualquier persona debería servir también para las “personas LGTBI” (así llamadas en la PL, como si fueran un nuevo tipo de persona). Sin embargo, se aduce que “diversos estudios recientes evidencian que todavía persisten unos niveles intolerables de discriminación y violencia hacia el colectivo LGTBI a nivel mundial”. Pero ¿es que ahora hacemos leyes para el mundo?

Sin entrar ahora en otros temas, lo mínimo que puede decirse es que la mordaza de la ley de Seguridad Ciudadana (LSC) se queda floja en comparación con la que pretende imponer la proposición de ley (PL) de Podemos y compañía.

A la LSC se le reprocha un articulado ambiguo y discrecional, que puede justificar de muchos modos la sanción del discrepante. Pero más genérico y subjetivo es el de la PL que considera infracción grave  “proferir expresiones, imágenes o contenidos de cualquier tipo que sean ofensivas o vejatorias por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género o características sexuales contra las personas LGTBI o sus familias en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas”. Y esta es sola una de las 18 posibles infracciones graves, junto a 3 leves y 8 muy graves, que la PL contempla.

Ya es curioso que con una opinión se pueda ofender no ya solo a una persona sino a “su familia”. ¿Será vejatorio criticar a dos varones que encargan un bebé a un vientre de alquiler en California, aunque la ley española lo prohíba?

Sentirse ofendido

La posibilidad de sentirse molesto u ofendido por las palabras de otro es también una consecuencia inevitable de la libertad de expresión. Y si uno piensa que al ejercer su derecho a la libertad de expresión alguien ha menoscabado su honor o su intimidad, tiene abierto el recurso a los tribunales, que decidirán qué debe prevalecer en ese caso. Pero, como dice John Stuart Mill en De la libertad, “si el criterio es la ofensa de aquellos cuya opinión es atacada, la experiencia muestra que su ofensa surge en cuanto el ataque es elocuente y poderoso, y que todo oponente que les ponga en apuros (…) les parecerá un adversario falto de moderación”.

La PL de Unidos Podemos da por supuesto que si una persona LGTBI se siente ofendida por la opinión de otro es ya indicio suficiente de infracción, que debe ser examinada y castigada sin intervención judicial. Publicar en Internet o en redes sociales expresiones o contenidos considerados ofensivos pueden suponer multas de hasta 20.000 euros y la prohibición de recibir subvenciones públicas o contratar con la Administración (la LSC no llega a tanta prohibición). En el caso de infracciones “muy graves” como la de convocar actos públicos que “puedan incitar directa o indirectamente a la discriminación”, la multa puede elevarse a 45.000 euros y suspensión de actividades durante dos años. ¿Podrá decir alguien en una conferencia que los niños están mejor con un padre y una madre o será una “infracción grave”?

A la LSC se le achaca que hace de los policías juez y parte. Son ellos los que deciden si hay falta de respeto o desobediencia, y es el Ministerio del Interior y los delegados del gobierno quienes imponen la sanción. Por su parte, la PL se inventa una Agencia Estatal contra la discriminación por orientación sexual, que tendrá “la competencia para incoar, instruir y resolver los expedientes administrativos del régimen sancionador de la presente Ley”.

La Agencia tendrá un presidente y cuatro miembros designados por el presidente, todos elegidos “entre personas de reconocido prestigio en la defensa y promoción de la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación de las personas LGTBI”. ¿Y dónde encontrarlos mejor que en las propias organizaciones LGTBI? Aquí los posibles ofendidos son no solo juez y parte, sino hasta policía a la que corresponde denunciar.

También le correspondería una función censora, ya que la PL establece que ante cualquier infracción “se procederá al decomiso y destrucción, borrado o inutilización de libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto de la infracción administrativa”, y si se hubiera cometido a través de Internet, “se acordará la retirada de contenidos”. Creíamos que los tiempos de la quema de libros prohibidos habían quedado atrás. Pero ahora es reivindicada por Unidos Podemos en nombre de la lucha por la igualdad.

En este punto como en otros, la PL es claramente inconstitucional. Cualquier orden de retirada de contenidos, sin una decisión judicial previa, no es más que un tipo de censura y un atentado a la libertad de expresión. No es extraño que la Plataforma en defensa de la libertad de información, siempre tan crítica contra la LSC, haya calificado de inconstitucional la PL contra la discriminación sexual de Unidos Podemos.

En realidad, no necesitamos para nada una Agencia Estatal contra la discriminación sexual, como tampoco hay agencias estatales contra la discriminación religiosa, o contra la discriminación racial, o contra la discriminación de la mujer. Lo que necesitamos es que se cumplan las leyes, válidas para todos, que se respete a todas las personas, cualquiera que sea su orientación sexual, y que los conflictos entre la libertad de expresión y otros derechos sean competencia exclusiva del Poder Judicial. Las mordazas siguen siendo mordazas, se hagan con tela azul o rosa.

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1 respuesta a De una mordaza a otra

  1. P. Julián Lozano dijo:

    Certero, agudo, claro, respetuoso. Como siempre.
    Gracias don Ignacio.

Los comentarios están cerrados.