Veganismo: De la opinión a la creencia

Cada vez más los adeptos a distintos estilos de vida no se conforman con pedir que se les permita seguirlos. También buscan el amparo de la ley para exigir que su opción se respete como una creencia que debe ser reconocida y protegida contra la discriminación, al igual que un credo religioso. A este nivel se sitúa ya el veganismo, según una sentencia de un tribunal británico que ha sido noticia en estos días.

Ante una reclamación de un vegano por discriminación laboral, el tribunal de Norwich ha dictaminado que el veganismo es “una creencia filosófica”, que merece gozar del amparo de la Ley de Igualdad. Esta ley, aprobada en 2010, prohíbe que nadie sea discriminado por su raza, sexo, edad, religión, discapacidad…; factores a los que se añadiría también ahora el veganismo. El caso fue planteado por Jordi Casamitjana, que asegura que fue despedido de su trabajo por sus convicciones veganas. Y no es que trabajara en una empresa contraria al veganismo o insensible al bienestar animal. Trabajaba precisamente para la League Against Cruel Sports, una organización que lucha contra prácticas como la caza del zorro o el toreo. Pero el demandante se rebeló contra sus jefes, según el sumario, al descubrir que en el plan de pensiones del grupo se invertía en algunas compañías que realizan experimentos con animales.

Cada vez más estilos de vida buscan que la ley les proteja de los argumentos de los contrarios

Hay que tener en cuenta que Casamitjana no es solo un vegano de dieta, sino un “vegano ético” de los que intentan evitar el contacto con productos derivados de cualquier forma de explotación animal. Lo que incluye desde no llevar ropa de lana o piel a no usar productos probados en animales. Sin duda, es un creyente escrupuloso, ya que –según explicó al tribunal– rechaza tanto el coche particular como el transporte público para evitar “choques” con insectos o pájaros. Quizá eso no favorece la puntualidad en el trabajo. Por su parte, la empresa alega que el empleado no cumplió con sus obligaciones, y que ahora se escuda en sus creencias para resolver una disputa laboral.

El tribunal no ha dictaminado todavía si Casamitjana fue discriminado. Pero sí ha admitido que el veganismo puede invocar la protección de la Ley de Igualdad, en cuanto “creencia filosófica”, lo cual es todo un triunfo para los adeptos a la causa. Tampoco hay que exagerar la trascendencia de la decisión: se trata de un tribunal laboral y en primera instancia, cuya sentencia puede ser recurrida. Pero no deja de tener su interés como manifestación del espíritu de la época.

Si un estilo de vida alcanza una difusión significativa, como parece estar sucediendo con el veganismo, es oportuno que los servicios públicos ofrezcan opciones prácticas a los veganos, por ejemplo, en los comedores de hospitales o escuelas. Otra cosa es que demande un estatus legal de creencia. No deja de ser curioso que en una sociedad que presume de laica las nuevas creencias seculares reclamen una protección privilegiada como la que tienen las convicciones religiosas. Quizá eso nos indica también que sus seguidores han volcado en ellas su sed de absoluto.

Pero ¿por qué limitar ese reconocimiento al veganismo? Si se pretende dar protección legal a creencias que suponen todo un estilo de vida, también habría que incluir otras como el feminismo, el pacifismo, el ecologismo… que en no pocos casos determinan el comportamiento vital de sus seguidores.

Pero no todo el mundo obtiene fácilmente la protección legal por motivo de discriminación. Sobre todo, si en vez de invocar un -ismo, apela a la realidad. Basta ver, también en el Reino Unido, el caso de Maya Forstater, que ha sido noticia en estos días por perder una demanda laboral.

Forstater, investigadora del think tank Centre for Global Development, fue despedida por manifestar en redes sociales su opinión sobre la posibilidad de enmendar la Ley de Reconocimiento de Género de 2004, para permitir que cada uno elija su género por mera declaración sin tener en cuenta su sexo biológico. Desde hace dos años se debate esta posibilidad, y Forstater, como otros millones de ciudadanos, piensa que el sexo es un hecho biológico que no puede ser cambiado. Tampoco le parece conveniente que las mujeres tengan que compartir vestuarios, baños, equipos deportivos o cárceles con personas de sexo masculino que se presentan como mujeres transexuales. Y aunque en sus relaciones sociales “procuraría no herir los sentimientos de nadie, no creo que la gente deba ser obligada a dar por buenos engaños como el de que ‘las mujeres transexuales son mujeres’”.

Por atreverse a decirlo, su contrato no fue renovado, y ella reclamó ante los tribunales. En su caso, el juez ha estimado que no puede invocar el amparo de la ley, porque su opinión “no es digna de respeto” y “puede herir” los sentimientos de otros. El juez alegó que “llamar hombre a una mujer transexual probablemente puede ser causa de profunda angustia”. Todo el razonamiento del juez se basa en la posibilidad de que alguien se “sienta” herido por la opinión expresada por otro. Lo importante aquí no son los datos biológicos y la verdad, sino los sentimientos.

Pero esto podría anular toda posibilidad de debate en una democracia, pues cualquiera puede alegar que se siente ofendido por la opinión del contrario. Por ejemplo, el que no tiene reparo en comer carne podría sentir ofendido por la opinión expresada por el vegano, que le descalifica como un ser insensible al sufrimiento animal y culpable de un comportamiento no ético.

Como ha escrito el abogado Jon Holbrook, “la sentencia pone de relieve que en los temas de transexualidad la ley se ha convertido en una amenaza para la democracia. Se ha convertido en sierva de un discurso trans al que no le preocupa ganar con razonamientos, sino que busca silenciar a los oponentes en su búsqueda de una ‘victoria’ asegurada por un árbitro que está de su parte”.

El que los silenciados puedan sentirse heridos por esta discriminación no es un sentimiento que merezca ser tenido en cuenta.

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